19 / Abril / 2022

La ley de creación del parque nacional ansenuza debe contemplar a las comunidades campesinas e indígenas que lo habitan

A través del informe sobre el Relevamiento Socio-territorial de Unidades Productivas Campesino indígenas en los Bañados del Río Dulce y Mar de Ansenuza (2016 – 2020), realizado por la Facultad de Ciencias Sociales y ante el tratamiento en el Congreso de la ley que dé origen al parque, tanto desde Sociales como desde un conjunto de organizaciones y movimientos, creemos que es imprescindible que se garantice la participación de estas comunidades en la gestión del parque y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras donde viven y trabajan desde hace varias generaciones.

En breve el Congreso tratará la ley de la creación del Parque Nacional Ansenuza, de más de un millón de hectáreas, en el noreste de Córdoba. En parte de esos territorios viven y trabajan desde hace generaciones comunidades campesinas e indígenas. Ante la inminente discusión parlamentaria entendemos que es imprescindible que se contemple y proteja su forma de habitar ese lugar y que se garantice su participación en la gestión de los bienes naturales y otras decisiones que las afecten de manera directa. 

La creación del Parque Nacional Ansenuza abarca parte del territorio de los Bañados del Río Dulce y Mar Chiquita, la laguna de Mar Chiquita y un amplio territorio de humedales. En esta misma zona viven más de 300 familias campesinas e indígenas. 

Para estas comunidades campesinas, la forma de habitar el territorio fue siempre a campo abierto y trasladando anualmente a los animales, una práctica ancestral que permite la conservación del territorio y el uso de las riberas y manejo estacional del río Dulce de manera colectiva. Este modo de vida comenzó a ser amenazado por grandes productores que pretenden trasladar lógicas del capital extractivo y de apropiación del territorio campesino. 

Por esa razón, las comunidades se organizaron, denunciaron y pidieron al Estado provincial el reconocimiento de la forma de ocupación y producción  y que el territorio donde viven y realizan sus actividades productivas sea declarado “Área Campesina para la Soberanía Alimentaria Bañados del Río Dulce y Mar Chiquita”. Eso implicaría la protección para los derechos campesinos donde se respete las formas de uso del territorio, los saberes ancestrales y las prácticas tradicionales de producción, los campos comunitarios, los caminos de arreo y la trashumancia. 

En la propuesta de cesión de jurisdicción ambiental al Estado Nacional, establecida en la ley Provincial N° 10.775, la voz de las organizaciones campesinas no se encuentra reflejada. Por eso es indispensable que el proyecto de ley de creación del Parque garantice la participación de las comunidades campesinas e indígenas y sus organizaciones. 

El vínculo de las comunidades campesinas e indígenas con la tierra es extensamente reconocido por el sistema internacional de protección de los derechos humanos, y en la legislación local.  Como la Declaración sobre los Derechos de los Campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2018. La Declaración contempla el derecho al acceso y uso de la tierra en sus diversas formas, incluyendo la comunitaria y colectiva. También asegura la protección y el reconocimiento de la tenencia de la tierra. 

Por eso entendemos que es fundamental que la ley de aprobación del Parque Nacional Ansenuza reconozca las formas de ocupación del territorio de acuerdo a las legislaciones vigentes y garantice la participación de las comunidades campesinas e indígenas en la gestión relativa a los bienes naturales y demás intereses que los afecten.

Para acceder al documento conjunto firmado por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, el Movimiento Campesino de Córdoba, el MNCI Somos Tierra, la Asociación Civil Costeros Unidos y el CELS, entrar acá