14 / Septiembre / 2020

La FCS mediante el HCD  manifiesta su repudio frente a la confirmación de procesamiento y posterior inicio de juicio a las/os estudiantes de la UNC (medida resuelta por el Juzgado Federal N°3), quienes sostuvieron una toma pacífica del Pabellón Argentina en agosto de 2018. en el marco de la lucha en defensa de la universidad pública expresado en medidas de fuerza de docentes, paro y no inicio de actividades académicas del segundo cuatrimestre, movilizaciones y asambleas, entre otras. 

 

El HCD de la FCS considera que este avance en post de judicializar medidas llevadas adelante por los/as miembros de la comunidad universitaria frente al ajuste presupuestario deja sentado un precedente negativo e inexistente hasta el momento en el ámbito de las universidades nacionales. Este cuerpo colegiado ya se ha expresado en numerosas ocasiones y definido acciones para sostener una Educación Superior pública, gratuita, inclusiva y de calidad (Dec. HCD 4/2018 y Res. HCD 367/2019). Se trata así, de un posicionamiento que viene siendo sostenido por unanimidad de todos los espacios y claustros.

Además, manifiesta con preocupación la espera de la fecha de los juicios en el contexto de pandemia COVID 19, por entender que obstaculiza el despliegue de expresiones legítimas de repudio en el espacio público por parte de la comunidad universitaria en su conjunto frente a este hecho.

Por lo anterior, el HCD aboga por la resolución política de los conflictos y reafirma su convicción plena de que la protesta es un derecho fundamental, base de conquistas y de reivindicaciones de todos/as los/as sujetos políticos de nuestra Universidad y que, por ello, este derecho no puede ser penalizado.

Nos preocupa como actores universitarios y alertamos sobre el avance de discursos y prácticas conservadoras, que buscan desmantelar derechos y atacar la política como herramienta para la construcción democrática. Como universidad tenemos que responder con más política y más defensa de los derechos conquistados.

Ver Resolución HCD 98/2020