Condiciones de empleo y modalidades de contratación precarias, bajos ingresos, sobreocupación horaria, pluriempleo e inestabilidad laboral, son algunos de los signos que generan profundas desigualdades en el mercado laboral cordobés. Así lo confirman los nuevos resultados de la encuesta realizada en diciembre de 2020 a más de 2.800 profesionales por la Facultad de Ciencias Sociales (FCS-UNC), la Federación de Profesionales de Córdoba (Fepuc) y la Asociación de los Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba (Adiuc) dados a conocer en la víspera de la conmemoración del Día de las y los Trabajoras/es.
Ocho alertas de precariedad laboral en profesionales de la provincia de Córdoba ponen de manifiesto los retrocesos en materia de condiciones de trabajo respecto de aquellas conquistas laborales que se conmemoran cada 1 de mayo. Un nuevo estudio de la Facultad de Ciencias Sociales, Fepuc y Adiuc, con base en 2.877 profesionales encuestados/as a nivel provincial, confirman: condiciones de empleo y modalidades de contratación precarias, bajos ingresos, sobreocupación horaria, pluriempleo e inestabilidad, desigual distribución del trabajo de cuidados y su impacto en el desarrollo de la actividad profesional.
“El concepto de precariedad se refiere a un conjunto amplio de condiciones laborales. Evaluar qué formas adopta la precariedad en el sector profesional de la provincia de Córdoba, sean estos profesionales asalariados y/o independientes, ha sido nuestro principal desafío en este análisis”, afirman las entidades.
De las ocho alertas de precariedad, aclaran que las siete primeras están vinculadas a condiciones laborales que se aplican a “profesionales que trabajan en relación o vínculo con algún empleador” (73% de los encuestados). Mientras que la octava alerta se relaciona con el universo definido como “profesionales independientes” que facturan por todos los trabajos que realizan (27% de encuestados).
La ocho alertas
1. Condiciones de empleo precarias en “profesionales asalariados”
Cabe señalar que las dimensiones combinadas que definen la precariedad laboral son:
* Trabajo informal (sin recibo de sueldo ni factura).
* Nivel de ingresos dentro de los más bajos (Por debajo del 20% de los ingresos más bajos del sector).
* Sobreocupación horaria. Jornadas de más de nueve horas diarias de trabajo en promedio
* Cantidad de ocupaciones. Pluriempleo. Dos o más ocupaciones.
* Trabajo bajo contrato/locación de servicios/beca/pasantía
El 81% de los/as profesionales de este grupo sufre al menos una de las condiciones desfavorables asociadas a la precariedad laboral.
El 11% de estos/as profesionales tienen altos niveles de precarización, ya que conviven con tres o más condiciones desfavorables en su vida laboral. En este punto de máxima precariedad las mujeres se ven más afectadas que los hombres.
2. Bajos ingresos -profesionales que están en el nivel de ingreso del 20% más bajo- / Brechas por género
La problemática del ingreso tiene fuerte relación con la modalidad de contratación de los servicios. El ingreso es mayor cuando más formal es la relación laboral. Por ejemplo: La mitad de los y las profesionales que trabajan con “Relación de dependencia” gana menos de $70.000, mientras que la mitad de los que trabajan con “Locación de servicio” gana menos de $54.000.
Por otra parte, cuando se habla de precariedad asociada a los ingresos bajos (es decir, tomando el 20% de los ingresos más bajos-$35.500 promedio-) se encuentra una incidencia mayor entre mujeres, ya que alcanza al 12% de ellas, un guarismo mayor al de ellos (con un 7%).
3. Sobreocupación horaria
El 37% de las/los profesionales trabaja más de 10 horas. Es decir, deben recurrir a superar la jornada de trabajo de 8 horas -principal lucha del 1° de mayo de 1886- para lograr un ingreso que pretenda cubrir sus gastos.
La sobreocupación horaria como fenómeno afecta proporcionalmente más a los varones (en el 61% de los casos) que a las mujeres (en el 50% de los casos). Resulta que en las profesionales, la sobreocupación tiene otras características, el tiempo dedicado combina trabajo remunerado y trabajo no remunerado. A esto se lo denomina “doble jornada de trabajo o doble carga laboral invisible”, que conlleva una mayor sobrecarga con un menor ingreso.
4. Pluriempleo
Más de la mitad de las/los encuestadas/os deben recurrir al pluriempleo para cumplimentar sus ingresos. Es decir, combinan más de una actividad laboral. Siendo una de las prácticas más frecuentes en profesionales que combinan docencia universitaria con otra actividad.
Seis de cada 10 varones profesionales declara más de un empleo, contra cinco de cada 10 en el caso de las mujeres.
En este punto, es importante destacar la situación de la docencia universitaria, población en la que se focalizó una parte del estudio (representa al 23% de las/os profesionales encuestados). En relación a la carga laboral de las/los docentes e investigadores/as, solo 20% de los mismos definió dicha ocupación como la única a la que dedica todo su tiempo de trabajo. El resto indicó que desarrolla tareas en otras ocupaciones complementarias.
5. Modalidades precarias de contratación / Inestabilidad laboral
Esta alerta de precariedad toma en consideración los vínculos contractuales con las y los profesionales. Se consideran “precarias” las locaciones de servicio, es decir facturando siempre al mismo empleador, las becas o pasantías o la informalidad absoluta (mal llamado “trabajo en negro”). En este segmento se visibilizan profesionales que tienen relaciones laborales encubiertas en contratos de locación de servicio o en prestaciones independientes de servicios cuando en realidad tienen todas las características de un empleo en relación de dependencia.
En términos generales, el 17% de las/los profesionales cordobeses trabaja bajo modalidades de contrato de locación, beca o pasantía.
La inestabilidad laboral afecta en mayor medida a las mujeres. El 19% de ellas declara relaciones laborales con escasas condiciones de continuidad, algo sucede para el 13% de los varones.
Si consideramos aquellos casos en los cuales el Estado en sus distintos niveles actúa como empleador, además de una significativa incidencia de esta modalidad de relación laboral, se identifican disparidades según se trate del Gobierno Nacional, Provincial o Municipal. En promedio uno de cada tres profesionales que trabaja en el Estado provincial o los Estados municipales lo hacen bajo condiciones de inestabilidad.
6. Precarización agravada en el sector privado
La tendencia a la precarización crece en las empresas más pequeñas (con menos de 25 empleados). Sólo el 27% de profesionales que trabajan en éstas tienen una relación de dependencia, mientras que el resto combina modalidades más o menos precarias en su vínculo.
Las mujeres profesionales en el sector privado perciben un 18% menos que las vinculadas al sector público.
El registro en AFIP es otro indicador que permite explicar algunas características del ingreso en el sector. Sólo un 6% de las mujeres que se desarrollan en este sector, están inscriptas en IVA, es decir superan en facturación la máxima categoría de Monotributo. Mientras que los hombres en este registro son el 16%. Por otro lado, entre las mujeres profesionales del sector privado que son monotributistas, sólo 18% tributan en las categorías más altas, mientras que los hombres alcanzan al 23%
7. Desigual distribución del trabajo de cuidados y su impacto en el desarrollo de la actividad profesional
En relación al promedio de horas remuneradas, las mujeres trabajan un 7% menos que los hombres, pero también trabajan un 33% más de horas no remuneradas, en tareas del hogar y de cuidado. Este trabajo doméstico y de cuidado no está regulado, no cuenta con una jornada de trabajo ni beneficios y seguridad social, sin embargo, requiere de múltiples habilidades y competencias que se aprenden y ponen en juego posibilitando la reproducción de la sociedad, del Estado y del mercado.
La distribución de las tareas de cuidado entre los hogares con convivientes perjudica a las mujeres. Si bien el 60% de los hogares distribuyen estas tareas de manera equitativa entre la pareja conviviente o entre todos los miembros de la familia, en el 21% de los hogares dichas tareas son realizadas por las mujeres (y solo en el 3% dichas tareas están a cargo de un varón). Pero no es lo mismo compartir entre hombres y mujeres el trabajo doméstico que el trabajo de cuidado de personas, ya sea de infancias o adultos mayores o enfermedades, aquí siempre son más las mujeres las que los cubren. Hemos comprobado que el volumen, tiempo y diversidad de trabajo invisible está presente en las condiciones laborales de las profesionales, constituyendo una categoría central para la comprensión de las desigualdades de género.
8. La precariedad laboral en “profesionales independientes” (facturan por todos sus trabajos)
La principal diferencia entre profesionales que establecen un vínculo con un empleador y este grupo que analizamos ahora, es que el “independiente” deberá asumir una serie de riesgos y costos que no le sucederá al resto. Este grupo también está afectado por algunas de las dimensiones de precariedad antes mencionadas.
La sobreocupación horaria afecta a uno de cada tres profesionales “independientes”, y hemos visto que es el principal recurso para obtener más ingresos. No obstante, se verá que a pesar de esto, los bajos ingresos son la principal alerta para el sector.
El 89% de estos profesionales son monotributistas. Y entre éstos, sólo un 22% está en las categorías más altas (“F”; “G”; “H”).
Esto da cuenta de la problemática de los bajos ingresos para este grupo. La mitad de estas/os profesionales gana menos de $50.000. Y las mujeres un 25% menos que los hombres.
La presidenta de Fepuc, Nora Vilches, sostuvo que “este grupo de profesionales son los que están más alejados de los derechos y garantías que ofrece la legislación laboral y de la propia Constitución Nacional (art. 14 bis), más aún a partir de la supresión del orden público de los honorarios profesionales, plasmado en el art. 109 de la Ley Provincial Nº 8836.
“Tanto la jurisprudencia en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como el propio Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, han reconocido el carácter alimentario que tiene el honorario de un/una profesional independiente”. Y agregó: “Es por esto que resulta imperioso restablecer el orden público de los honorarios profesionales en todas las disciplinas, no sólo por el legítimo interés del numeroso sector social que conforman, sino también para beneficio de toda la sociedad”.